Código Procesal Penal Artículo 153 Provincia de Corrientes
Código Procesal Penal Corrientes
Artículo 153. Demora del Fiscal
Las reglas de los artículos anteriores serán aplicables analógicamente si el retardo fuese imputable a un fiscal; en este caso, se deberán respetar las jerarquías de su organización.Si en el curso de la investigación preparatoria, el fiscal no instare el procedimiento durante treinta (30) días corridos, las demás partes se lo advertirán; si aquel mantuviere su inactividad, las partes podrán acudir al Fiscal General por escrito, quien adoptará las medidas que considere necesarias para mejorar la diligencia del fiscal.
En caso de persistente inactividad del fiscal, las otras partes podrán quejarse por escrito al Fiscal General, quien dispondrá lo que considere procedente, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda.
Provincia de Corrientes Artículo 153 Código Procesal Penal
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
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