Código Procesal Penal Artículo 265 Provincia del Chubut
Código Procesal Penal Chubut
Artículo 265. Trámite
Cuando la denuncia sea presentada ante la policía, ésta informará inmediatamente al fiscal quien asumirá la dirección de la investigación e indicará las diligencias que deban realizarse.
Cuando sea presentada directamente ante el fiscal, éste iniciará la investigación conforme a las reglas de este Código, con el auxilio de la policía judicial.
Provincia del Chubut Artículo 265 Código Procesal Penal
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el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)
Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.
después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....
No soy profesional matriculado, puedo cobrar por la cobfección del contrato de locación ?????
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