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Código Procesal Penal Artículo 192 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Chubut
Artículo 192. Forma de la declaración ante el juez o tribunal

Antes de comenzar la declaración, el testigo será instruido acerca de sus obligaciones, de la responsabilidad por su incumplimiento y prestará juramento o promesa de decir verdad, según sus creencias.

Estarán exceptuados de prestar juramento, los menores de 16 años y los condenados como participes del delito que se investiga o de otro conexo.

Será interrogado por separado sobre sus datos personales y cualquier circunstancia que sirva para apreciar su veracidad. Si teme por su integridad física o de otra persona podrá indicar su domicilio en forma reservada, pero no podrá ocultar su identidad salvo en los casos en que esté incluido en un programa de protección de testigos. La reserva de identidad solo podrá mantenerse hasta el juicio.

Los testigos serán interrogados por las partes; en primer lugar por quien lo ofrezca, salvo que las partes acuerden otro orden. Los jueces no podrán suplir las preguntas de las partes.



Provincia del Chubut Artículo 192 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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