Código Procesal Penal Artículo 481 Provincia del Chaco
Código Procesal Penal Chaco
Artículo 481. EFECTOS
Si la queja fuere desechada, las actuaciones serán devueltas sin más trámite al Tribunal de origen. En caso contrario, se concederá el recurso y se requerirán las actuaciones a fin de emplazar a las partes y proceder según corresponde.
Provincia del Chaco Artículo 481 Código Procesal Penal
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Procesal de Menores Santa Fe Artículo 90. Requisitoria de elevación a juicio - Traslados Código Fiscal Mendoza Artículo 81. Código Procesal de Menores Santa Fe Artículo 44. Resolución Código Procesal Penal Chaco Artículo 141. FUNDAMENTACION Código Procesal de Menores Santa Fe Artículo 6. Su determinaciónRecomendados
Código Procesal Penal Chaco Artículo 236. DIRECTIVAS Código Procesal Penal Chaco Artículo 32. JURISDICCIONES COMUNES - PRIORIDAD DE JUZGAMIENTO Crea el Programa Provincial de Compostaje de Material Orgánico desechado por las industrias La Rioja Artículo 5. Código Procesal Penal Chaco Artículo 518. DISTRIBUCION DE COSTAS Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 San Luis Artículo 79.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios