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Código Procesal Laboral Artículo 53 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/08/2025

Código Procesal Laboral Santa Fe
Artículo 53. Concentración

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior respecto de la absolución de posiciones, el Juez Laboral de Conciliación y Ordenamiento Procesal en caso de estimar y considerar la existencia de una posibilidad cierta de conciliación y acuerdo respecto de los puntos previstos en el apartado I del artículo 51, podrá y tendrá la facultad de suspender la audiencia prevista en este artículo, celebrando otra u otras a los mismos fines. Asimismo y de estimarlo necesario o conveniente para los fines perseguidos por el apartado I del Artículo 51, podrá ordenar medidas previas conforme lo establecido en el Título XII BIS, Capítulo III de este Código. En ningún caso la suspensión arriba prevista podrá superar el plazo de treinta días. Las partes podrán acordar y solicitar la ampliación por quince días el plazo mencionado.



Provincia de Santa Fe Artículo 53 Código Procesal del Trabajo
Artículo 1 ...51 52 53 54 55 ...170

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Quiero hacer una consulta, un personal de planta de un municipio con sumario por faltas injustificadas con problematica de consumo, es pasible a cesantia, hay reglamentacion que lo amparen?


Se incio una ejecución de una hipoteca constituída sobre 14 unidades de un edificio, por un precio único y total. Pero en la demanda,solo se describieron 9 unidades. La sentencia salio por el total. Y la hipoteca describe las 14 u. Se pueden rematar las 14 o solo las 9 descriptas en la demanda?


Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?


Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


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