Código Procesal Laboral Artículo 41 Provincia de Córdoba
Código Procesal Laboral Córdoba
Artículo 41. Testimonial
Cada parte podrá valerse hasta de cinco testigos, salvo que, por la naturaleza de la causa o por la cantidad de cuestiones de hecho el tribunal resolviere, fundadamente, examinar mayor número.Los testigos podrán ser careados cuando lo estime conveniente el Tribunal.
Provincia de Córdoba Artículo 41 Código Procesal del Trabajo
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Procesal Penal San Luis Artículo 254. PROCEDENCIA Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 87. Adhesió Régimen penal de estupefacientes Artículo 29 ter. Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 40. Peritos Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 77. ProcedenciaRecomendados
Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 63. Deliberació Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 44. Documentos no sellados Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 61. Acta del debate Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 59. Suspensión de la audiencia de vista de causa Código Procesal Laboral Córdoba Artículo 16. DesistimientoPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios