Código Procesal Laboral Artículo 208 Provincia del Chaco
Código Procesal Laboral Chaco
Artículo 208. Prueba fuera del radio del Juzgado
Cuando las actuaciones deban practicarse fuera del radio urbano pero dentro de la circunscripción judicial, los jueces podrán trasladarse para recibirlas, o encomendar la diligencia a los de las respectivas localidades. Si se tratare de un reconocimiento judicial, los jueces podrán trasladarse a cualquier lugar de la república donde deba tener lugar la diligencia.
Provincia del Chaco Artículo 208 Código Procesal Laboral
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Código Procesal Laboral Chaco Artículo 212. Documentos admisibles. Exhibición de documentos Impone el nombre de NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN a la Escuela Nº 378 de la Localidad de La Banda-Departamento Tilcara Provincia de Jujuy Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal Nacional Artículo 38. Autarquía financiera Constitución San Luis Artículo 143. Quórum Ejercicio de la Profesión de Traductor Público Salta Artículo 25.Publique la información de sí mismo
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