Código Procesal de Menores Artículo 15 Provincia de Santa Fe
Código Procesal de Menores Santa Fe
Artículo 15. Oportunidad de acumulación en causas penales con menor punible
Cuando hubiere pluralidad de causas en lo penal con menores punibles, la acumulación procede solamente antes de la sentencia sobre responsabilidad del menor, sin perjuicio de lo dispuesto en caso de haber otros imputados no punibles.
Provincia de Santa Fe Artículo 15 Código Procesal de Menores
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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