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Código Procesal de Familia y Violencia Familiar Artículo 90 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal de Familia y Violencia Familiar Mendoza
Artículo 90. Medidas de protección. Reglas

Las medidas de protección se regirán por las siguientes reglas:

a) Deberán fundarse en informes y demás elementos probatorios, salvo que la situación no admitiese aplazamiento alguno;

b) En principio, se dispondrán por un plazo determinado, pudiendo ser prorrogadas de manera fundada o hasta el cumplimiento de una condición específica. En ningún caso la prórroga podrá ser por tiempo indeterminado;

c) Podrán dictarse más de una a la vez;

d) La medida ordenada se notificará a las partes dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, por medio fehaciente, con habilitación de días y horas inhábiles;

e) Cuando lo estime pertinente, la Jueza o Juez ordenará hacer uso de la fuerza pública para la ejecución de la medida de protección;

f) Se registrarán obligatoriamente en el Registro Único Provincial de Violencia Familiar.



Provincia de Mendoza Artículo 90 Código Procesal de Familia y Violencia Familiar
Artículo 1 ...88 89 90 91 92 ...236

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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