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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 260 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Civil y Comercial La Rioja
Artículo 260. Procedencia formal del recurso

Dentro del tercer día de interpuesto el recurso, el tribunal mediante auto fundado, resolverá sobre su admisión. Si del examen efectuado, resultare que la resolución recurrida no cumple los extremos previstos en el Artículo 258 inciso 1, y Artículo 259, el recurso será rechazado sin más trámite. Sin embargo, no constando que el agravio económico sea inferior al establecido o que el recurso es extemporáneo, el tribunal emplazará al interesado para que, en el término de tres días, acredite el cumplimiento de tales recaudos, bajo apercibimiento de declarar inadmisible el recurso. De la misma forma procederá en caso de omisión de los requisitos previstos en el último párrafo del Artículo 259, del depósito establecido por la ley 3288 y demás extremos no referidos precedentemente. Contra el auto que admita o rechace el recurso, procederá el recurso de reposición.



Provincia de La Rioja Artículo 260 Código Procesal Civil y Comercial
Artículo 1 ...258 259 260 261 262 ...445

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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