Código Procesal Civil Artículo 231 Provincia de Mendoza
Versión actualizada
Código Procesal Civil, Comercial y TributarioCódigo Procesal Civil Mendoza
Artículo 231. RECURSO DE APELACION
En contra del auto que deniega la via ejecutiva, procede el recurso de apelacion.
Provincia de Mendoza Artículo 231 Código Procesal Civil
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Córdoba Artículo 368. Unión y Separación de Juicios Código Procesal Penal Córdoba Artículo 291. Capacidad y Solvencia del Fiador Código de Procedimientos Mineros Salta Artículo 72.Recomendados
Código Procesal Civil Mendoza Artículo 354. ENTREGA DE BIENES Código Procesal Civil Mendoza Artículo 260. PROCEDENCIA DE LA EJECUCION CAMBIARIA Código Procesal Civil Mendoza Artículo 277. TRAMITES POSTERIORES Código Procesal Civil Mendoza Artículo 229. PREPARACION DE LA VIA EJECUTIVA Código Procesal Civil Mendoza Artículo 190. FORMA DE LA DECLARACION DE LOS LITIGANTESPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios