Código Fiscal Artículo 265 Provincia de Santiago del Estero
Código Fiscal Santiago del Estero
Artículo 265. HIPOTECA SOBRE INMUEBLE UBICADO EN VARIAS JURISDICCIONES
Cuando se constituyen hipotecas sobre inmuebles ubicados en varias jurisdicciones sin afectarse a cada uno de ellos con una cantidad liquida, el impuesto se aplicara sobre la valuación fiscal del o de los inmuebles ubicados en esta Provincia.
En ningún caso el impuesto podrá aplicarse sobre una suma mayor a la del crédito garantizado.
Provincia de Santiago del Estero Artículo 265 Código Fiscal
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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