Código Fiscal Artículo 266 Provincia de Santiago del Estero
Código Fiscal Santiago del Estero
Artículo 266. CONTRATO DE LOCACION QUE AFECTEN A VARIAS JURISDICCIONES
En los contratos de locación o sublocación de inmuebles ubicados en varias jurisdicciones, así como los que instrumenten la locación de servicios y obras -publicas o privadas - sobre tales bienes, el impuesto se aplicara:
a) En los contratos de locación o sublocación de los bienes sobre el importe resultan e de proporcionar el monto imponible en función de las valuaciones fiscales de los inmuebles, siempre que del instrumento respectivo no surja el monto atribuible a cada jurisdicción.
b) En los contratos de locación de servicios y obras publicas o privadas, sobre el valor que corresponda a la parte realizada o a realizar en jurisdicción de la Provincia de Santiago del Estero.
Provincia de Santiago del Estero Artículo 266 Código Fiscal
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