Código Fiscal Artículo 253 Provincia de Salta
Código Fiscal Salta
Artículo 253. Contrato con monto indeterminado, Precio corriente en fecha futura, Aplicación Valor parcial
Cuando el valor de los actos, contratos U operaciones sujetos a impuesto proporcional sea indeterminado, se fijará el impuesto sobre la base de una declaración jurada estimativa que deberán formularla las partes dentro de los plazos reglamentarios de habilitación de los documentos respectivos, en la forma que establezca la Dirección.
Dicha estimación podrá ser impugnada por la Dirección, dentro del término Perentorio de quince (15) días de su presentación, en cuyo caso la practicará de oficio sobre base real, o presunta o con arreglo a los elementos de información existentes a la fecha del acto.
Cuando se fije como precio el corriente en fecha futura, se pagará el gravamen con arreglo al precio de plaza a la fecha del otorgamiento del acto. A esos efectos las dependencias técnicas de la Provincia y reparticiones autárquicas asesorarán a la Dirección cuando ésta lo solicite.
A falta de elementos suficientes para practicar una estimación Razonablemente fundada, se aplicará el impuesto fijo que establezca la ley impositiva, de acuerdo con la naturaleza del acto, salvo que aplicado el gravamen correspondiente sobre cualquier valor parcial del acto, contrato u operación resultara un impuesto mayor, en cuyo caso se abonará éste.
Provincia de Salta Artículo 253 Código Fiscal
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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