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Código Fiscal Artículo 321 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/11/2024

Código Fiscal La Pampa
Artículo 321. CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA

Los Organismos Públicos mencionados en el artículo 316 exigirán, previamente al otorgamiento de cada autorización, un certificado de Libre Deuda de Impuesto a las Rifas, expedido por la Dirección General de Rentas.

Provincia de La Pampa Artículo 321 Código Fiscal de La Pampa
Artículo 1 ...319 320 321 321 bis 321 ter ...327

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Buenos días, que significa esto: cambio de estado de expediented

Llamamiento de autos a sentencia - art 483 cpccn

Y movimiento en letra? Gracias


Buen dÍa. Me retuvieron el auto en florencio varela por circular con RTO y no con VTV. Estám su derecho de hacer eso?


Mal llamada "rendición de cuentas". Esta es por proceso judicial. Lo que hace el administrador es un informe de su gestión. A las cosas, por su nombre. Es más fácil así. Me parece.


Buenas, soy perito de oficio. Es posible que en la sentencia descuenten en el honorarios, el adelanto de gastos solicitados.


La junta médica me da el alta teniendo estudios medicos que corroboran mi condición médica. Discopatias cervicales y lumbares. Que debo hacer?


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