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Código Fiscal Artículo 132 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Formosa
Artículo 132.

También estarán sujetos al impuesto:

a) Los actos, contratos y operaciones realizadas fuera de la jurisdicción de la Provincia, cuando de su texto o como consecuencia de los mismos, resulte que deban ser negociados, ejecutados o cumplidos en ella, o cuando los bienes objeto del acto, contrato u operación se encuentren radicados en la Provincia, sea en lugares de dominio privado o público, incluidos puertos, aeropuertos, aeródromos, estaciones ferroviarias, yacimientos y demás lugares de interés público o utilidad nacional sometidos a la jurisdicción del Estado Nacional.

b) Los actos, contratos y operaciones realizadas por correspondencia epistolar o telegráfica, formalizados entre presentes o ausentes, sea mediante correspondencia, correo electrónico, con firma electrónica o digital y/o cualquier otro medio.

c) En los casos de compraventa, permuta o transferencia de automotores, se considerará hecho imponible cualquier trámite realizado en territorio de la Provincia que exteriorice el acto en alguna de sus formas. El impuesto se aplicará sobre el valor establecido por las partes, o sobre los que determine las tablas de valuación o aforo de vehículos aprobadas por la Dirección, el que sea mayor. La valuación o aforo aprobados por la Dirección no será de aplicación cuando la transferencia sea realizada en remate Judicial o a través de transacciones judiciales, en cuyo caso el impuesto se aplicará sobre el precio obtenido en las mismas. A los efectos indicados precedentemente la Dirección estará facultada para establecer los valores o aforos correspondientes. Los formularios de inscripción de automotores nuevos sin uso, se considerarán instrumentos a los efectos del impuesto.

d) Los contratos de concesión, sus transferencias, cesiones o sus prórrogas otorgadas por cualquier autoridad. El impuesto se liquidará sobre el valor de la concesión o de los mayores valores resultantes.

Si no se determinara valor, el Impuesto se aplicará sobre el capital necesario para su explotación, teniendo en cuenta la Importancia de las obras e Inversiones a realizarse o, en su defecto, los importes representados por todos los bienes destinados a la explotación y el dinero necesario para su desenvolvimiento.

e) Los contratos de riesgo para la exploración y explotación de hidrocarburos. El Impuesto se liquidará sobre la base del monto del compromiso de inversión asumido por la empresa contratista en el respectivo contrato.

f) Los contratos de seguros que cubran riesgos sobre cosas situadas o personas domiciliadas en la Provincia.

g) Los créditos Instrumentados a través de tarjetas de débito en cuenta bancaria. Los instrumentos que no consignen lugar de otorgamiento se reputarán otorgados en jurisdicción provincial. En todos los casos, los actos formalizados en el exterior deberán pagar el impuesto de acuerdo con las prescripciones de la presente ley, al tener efectos en la jurisdicción de la Provincia.



Provincia de Formosa Artículo 132 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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