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Código Fiscal Artículo 239 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Código Fiscal Entre Ríos
Artículo 239.

Los impuestos establecidos en este Título y sus accesorios serán abonados mediante el Sistema de Administración Tributaria o en la forma que determine la Administradora para el caso particular.

Los contribuyentes o responsables del tributo deberán incorporarse a dicho Sistema a fin que se les practique la determinación y se les expida el volante de pago, con el que cancelarán la obligación en el Ente Recaudador, quien emitirá el ticket correspondiente.

Provincia de Entre Ríos Artículo 239 Código Fiscal
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


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