Código Electoral Artículo 60 Provincia de Santiago del Estero
Código Electoral Santiago del Estero
Artículo 60. Acto Electoral Remisión
Todo lo referente al acto Electoral, normas especiales para su celebración, mesas receptoras de votos, apertura del acto, emisión del sufragio, funcionamiento del cuarto oscuro y clausura del acto, deberá ajustarse a lo dispuesto al respecto en el titulo IV del Código Electoral Nacional. En el caso que no fuera ello posible por cualquier circunstancia el Tribunal Electoral Provincial dispondrá lo que correspondiere por vía reglamentaria.
Provincia de Santiago del Estero Artículo 60 Código Electoral
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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