Código Electoral Artículo 16 Provincia de Córdoba
Código Electoral Córdoba
Artículo 16. Amparo
EL elector que se considere afectado en sus inmunidades, libertad o seguridad, o privado del ejercicio del sufragio, puede solicitar amparo por sí o por intermedio de cualquier persona en su nombre, por escrito o verbalmente, denunciando el hecho al Juzgado Electoral o al magistrado judicial más próximo, quienes, si comprueban la ilegalidad o arbitrariedad invocada por el elector, deben -obligatoriamentehacer cesar en forma inmediata y urgente el impedimento denunciado.
Asimismo, el elector también puede pedir amparo al Juzgado Electoral o al magistrado judicial más próximo a su domicilio, para que le sea entregado su documento de identidad retenido indebidamente por un tercero.
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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