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Código de Transito y Transporte Artículo 12.3.4 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 12.3.4. Identificación Interna

Los vehículos deberán llevar en su interior las siguientes identificaciones en la forma que la Autoridad de Aplicación lo disponga:

 

12.3.4.1 Identificación del Vehículo

Credencial de Identificación Vehículo: deberán constar en forma clara al menos los siguientes datos:

a)Nombre y apellido o razón social del titular de la Licencia

b)Nombre  y  apellido  o  razón  social  de  la  mandataria  administradora  del  vehículo  (de corresponder)

c)Número de licencia del taxímetro;

d)Marca, modelo.

e)Dominio.

 

12.3.4.2 Identificación del Conductor

Credencial de Identificación del Conductor: deberán constar en forma clara al menos los siguientes datos:

a)Nombre y apellido o razón social del titular de la Licencia o Mandataria según corresponda.

b)Nombre y apellido del Conductor

c)Licencia de Conducir del conductor.

d)Fecha de vencimiento de la Licencia del Conductor

e)Fotografía actualizada

 

12.3.4.3 Identificación del Servicio de Radio - Taxi

Debe ubicarse, en el interior del vehículo de manera visible al menos la siguiente información: Nombre comercial con que gira en plaza la Estación Central a la que se encuentra abonado, Números telefónicos,

Razón social de la Empresa de Radio – Taxi Número de Móvil.

 

12.3.4.4 Tarifas.

Debe ubicarse, en el interior del vehículo de manera visible al menos la siguiente información: Costo de la bajada de bandera (expresado en moneda de curso corriente)

Costo adicional cada doscientos metros (200 m) (expresado en moneda de curso corriente) Costo por cada minuto de espera (expresado en moneda de curso corriente)

Costo por cada bulto adicional transportado (expresado en moneda de curso corriente)

Recargo por Tarifa Nocturna (expresado en porcentual de incremento) y su horario de aplicación. La información estará redactada en idioma Castellano, Inglés y Portugués

 

12.3.4.5 Ente Único Regulador de los Servicios Públicos

Debe ubicarse, en el interior del vehículo de manera visible al menos la siguiente información:

"Por quejas del servicio, dirigirse al Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Bartolomé Mitre Nº 760 Piso 9, TE: 0800-222-ENTE (3683)- www.entedelaciudad.gov.ar"

La Autoridad de Aplicación está facultada para sustituir los datos contenidos en la identificación de producirse cambio en los mismos.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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