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Código de Procedimientos Mineros Artículo 43 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/03/2026

Código de Procedimientos Mineros La Rioja
Artículo 43.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior el propietario del terreno puede exigir que el explorador rinda fianza para responder por el valor de las indemnizaciones de acuerdo al Artículo 32º del Código de Minería. La incidencia de fianza no suspende el trámite de la concesión ni el transcurso del plazo fijado para la exploración.



Provincia de La Rioja Artículo 43 Código de Procedimientos Mineros Ley N 7.277 6 de Septiembre de 2002
Artículo 1 ...41 42 43 44 45 ...177

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Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?


Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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consulte y despeje sus dudas.




Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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