Código de Procedimiento Penal y Correccional Artículo 290 Provincia del Neuquén
Código de Procedimiento Penal y Correccional Neuquén
Artículo 290. Exención de prisión. Procedencia
Toda persona que se considere imputada de un delito, en causa penal determinada, cualquiera sea el estado en que esta se encuentre, y hasta el momento de dictarse la prisión preventiva podrá, por sí o por terceros, solicitar al Juez que entiende en la misma, su exención de prisión.El Juez calificará el o los hechos de que se trate y, si estimare "prima facie" que procederá condena de ejecución condicional, podrá eximir de prisión al imputado.
Si el Juez fuere desconocido, el pedido podrá hacerse al Juez de turno, quien determinará el Juez interviniente y le remitirá, si correspondiere, la solicitud.
Provincia del Neuquén Artículo 290 Código Procesal Penal
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
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