Código de Planeamiento Urbano Artículo 34 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código de Planeamiento Urbano Ciudad de Buenos Aires
Artículo 34.
Desaféctanse de sus respectivos distritos de Zonificación a los siguientes polígonos:
a) Parcelas frentistas de la Avenida Directorio vereda sur, entre los ejes de las calles Hortiguera y Curapaligüe. (Plancheta Nº 16) b) Parcelas frentistas de la Avenida Directorio entre el eje de la calle Hortiguera y el deslinde con el distrito de Zonificación C3I de la Avenida La Plata. (Plancheta Nº 17) c) Parcelas frentistas de la Avenida Directorio vereda norte, entre los ejes de las calles Lautaro y Lacarra, parcelas frentistas de la Avenida Directorio vereda sur, entre los ejes de las calles Camacuá y Varela, e Italia y Lacarra. (Planchetas Nº 16 y 22) d) Parcelas frentistas de ambas aceras de la Avenida Directorio entre los ejes de las calles Basualdo y Murguiondo. (Plancheta Nº21)
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 166. ACTUACION DEL JUEZ POSTERIOR A LA SENTENCIA Ley orgánica notarial Neuquén Artículo 66. Código Contencioso Administrativo y Tributario Ciudad de Buenos Aires Artículo 243. Sentencia Código Procesal Civil y Comercial La Rioja Artículo 170. Transformación y ampliación de la demanda Ley general de expropiaciones Mendoza Artículo 21. CASOS EN QUE PROCEDEPublique la información de sí mismo
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