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Código de Contravenciones Artículo 88 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Contravenciones Mendoza
Artículo 88. Irregularidades en la realización de eventos

El titular, empresario, organizador o administrador que en eventos o locales categorizados, habilitados y autorizados, excediere el factor ocupacional en función de lo autorizado, en caso de amenaza real o potencial a la seguridad y/o salubridad de las personas concurrentes a los locales, será sancionado con multa desde siete mil (7.000) U.F. hasta catorce mil (14.000) U.F. o arresto de noventa (90) días y la clausura del lugar o local por el término de sesenta (60) días.

La falta de servicio de agua potable gratuita, desvirtuación del rubro para el cual el local o evento fue autorizado o la ausencia de servicio médico contratado o seguro de responsabilidad civil vigente o seguro de caución equivalente al doble del aforo de categorización, elevará la multa al doble en su mínimo y máximo y la clausura del local por noventa (90) días.

Si el evento o local no estuviere autorizado la sanción se elevará al triple.



Provincia de Mendoza Artículo 88 Código de Contravenciones
Artículo 1 ...86 87 88 89 90 ...198

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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