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Código de Aguas Artículo 40 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Aguas Salta
Artículo 40. Caducidad

La concesión será declarada caduca en forma total o parcial y la Autoridad de Aplicación fijará los plazos y modalidades de notificación o comunicación, cuando:

a) Transcurrido un año a partir de su otorgamiento no hayan sido ejecutadas las obras comprometidas, los trabajos o los estudios a que estaban obligados los concesionarios a realizar por disposición de este Código o el Título de Concesión salvo que éstos últimos hubieran otorgado un plazo mayor, siempre que las causas no sean imputables a negligencia, imprudencia o impericia del usuario.

b) Por el no ejercicio efectivo e injustificado del derecho otorgado durante el plazo que se fije para cada uso especial del agua pública.

c) Por infracción grave o reiterada a disposiciones de este Código, del Título de Concesión o de los reglamentos vigentes.

d) Por el cese de la actividad que motivó el otorgamiento.

e) Por el empleo del agua en uso distinto del concedido.

f) Por el desequilibrio o alteración grave del equilibrio ecológico.

La caducidad produce efectos desde la fecha de su declaración. Será declarada por decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia previo informe de la Autoridad de Aplicación por las causas enumeradas precedentemente, de oficio o a petición de partes, previa audiencia de los interesados.

En ningún caso la declaración de caducidad trae aparejada indemnización, ni exime al concesionario del pago de las deudas que mantuviera con la Autoridad de Aplicación en razón de la concesión.

La iniciación del trámite de declaración de caducidad será registrada como anotación marginal en los libros de Registro y Catastro.



Provincia de Salta Artículo 40 Código de Aguas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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