Código Contencioso Administrativo Artículo 13 Provincia de La Rioja
Código Contencioso Administrativo La Rioja
Artículo 13. OTROS ACTOS RECURRIBLES
Corresponde también a esta jurisdicción:
a) Las resoluciones que dicten de conformidad al art. 2611 del C.C.
b) La revocación de resoluciones administrativas ya consentidas.
Provincia de La Rioja Artículo 13 Código Contencioso Administrativo
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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Constitución Neuquén Artículo 246. Remoció Código Procesal Civil y Comercial Artículo 12. Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria San Juan Artículo 50. Presentación de poderes Constitución Chaco Artículo 65. Destino de los fondos Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria San Juan Artículo 341.Publique la información de sí mismo
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