CCCN Artículo 2451 Argentina
Código Civil y Comercial
Artículo 2451. Acción de complemento
El legitimario a quien el testador le ha dejado, por cualquier título, menos de su porción legítima, sólo puede pedir su complemento.
Argentina Artículo 2451 CCC LEY 26.994, 8 de Octubre de 2014
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Río Negro Artículo 182. DOCUMENTACIÓN, OBJETOS Y DEMÁS EVIDENCIAS Código Electoral Artículo 146 sexdecies. Elevación Código Procesal Penal Buenos Aires Artículo 254. Honorarios Código Procesal Laboral Tucumán Artículo 99. Traslado - Aclaraciones - Impugnaciones Código Rural para Territorios Artículo 26.Recomendados
Código Civil y Comercial Nacional Artículo 2449. Irrenunciabilidad Código Civil y Comercial Nacional Artículo 2448. Mejora a favor de heredero con discapacidad Código Civil y Comercial Nacional Artículo 2455. Perecimiento de lo donado Fiestas Provinciales Río Negro Artículo 60. Código Civil y Comercial Nacional Artículo 2453. Reducción de donacionesPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios