Carácter permanente del Programa de Recuperación Productiva (Carácter permanente del Programa de Recuperación Productiva) Nacional
Carácter permanente del Programa de Recuperación Productiva Nacional
- Artículo 1. Institúyese el Programa de Recuperación Productiva que fuera creado por la...
- Artículo 2. La suma fija mensual máxima prevista en la reglamentación para los...
- Artículo 3. Instrúyese al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a realizar...
- Artículo 4. Tratamiento impositivo especial. Los sujetos que encuadren en la categoría...
- Artículo 5. Ganancia Mínima Presunta. Exclusión. No le será aplicable a las Micro,...
- Artículo 6. Beneficios. Impuesto sobre los Créditos y Débitos. El Impuesto sobre los...
- Artículo 7. Las Micro y Pequeñas Empresas, según los términos del artículo 1° de la...
- Artículo 8. Compensación y devolución
- Artículo 9. Instrúyese a la Administración Federal de Ingresos Públicos a implementar...
- Artículo 10. Facúltese al Poder Ejecutivo nacional para implementar programas tendientes...
- Artículo 11. Establécese que los beneficios impositivos a las Micro, Pequeñas y Medianas...
- Artículo 12. Régimen de Fomento de Inversiones. Beneficiarios. Créase el Régimen de...
- Artículo 13. Inversiones Productivas. Concepto
- Artículo 14. Exclusiones del régimen
- Artículo 15. Plazo de Vigencia. Las disposiciones del presente Título serán aplicables a...
- Artículo 16. Estabilidad fiscal
- Artículo 17. Tiempo de la inversión productiva. A los efectos de lo establecido en el...
- Artículo 18. Caducidad del beneficio
- Artículo 19. Consecuencias de la caducidad
- Artículo 20. Normativa de control. La Administración Federal de Ingresos Públicos dictará...
- Artículo 21. Normativa de aplicación supletoria. En todo lo no previsto, se aplicarán...
- Artículo 22. Plazo de Reglamentación. El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la...
- Artículo 23. Ámbito de Aplicación. Inversiones productivas. Las Micro, Pequeñas y...
- Artículo 24. Importe computable. Tasa a aplicar. El importe computable como pago a cuenta...
- Artículo 25. Tratamiento para empresas nuevas. Cuando las Micro, Pequeñas y Medianas...
- Artículo 26. Ganancia neta sujeta a impuesto. El beneficio que derive del cómputo del...
- Artículo 27. Régimen de Fomento a la Inversión
- Artículo 28. Bono de crédito fiscal. Limitaciones
- Artículo 29. Bienes de capital
- Artículo 30. Supuesto de leasing
- Artículo 31. Cupo fiscal
- Artículo 32. Definición de Micro, Pequeña y Mediana Empresa
- Artículo 33. Registro de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
- Artículo 34. Registro de consultores MiPyME
- Artículo 35. Agencias de Desarrollo Productivo
- Artículo 36. Artículo 4° de la ley 22.317 y sus modificatorias
- Artículo 37. Fonapyme
- Artículo 38. Fogapyme
- Artículo 39. Fogapyme. Comité de administración
- Artículo 40. Régimen de Bonificación de Tasas
- Artículo 41. Régimen de Bonificación de Tasas
- Artículo 42. Régimen de Bonificación de Tasas
- Artículo 43. Sociedades de garantía recíproca. Régimen sancionatorio
- Artículo 44. Autoridad de aplicación
- Artículo 45. Ley de Obligaciones Negociables. Sujetos habilitados a contraer empréstitos...
- Artículo 46. Ley de Obligaciones Negociables. Garantías
- Artículo 47. Ley de Obligaciones Negociables. Requisitos del título
- Artículo 48. Ley de Obligaciones Negociables. Autorización para la emisión
- Artículo 49. Ley de Entidades de Seguros
- Artículo 50. Instrúyese a la Superintendencia de Seguros de la Nación, organismo...
- Artículo 51. Si la letra de cambio fuese pagable en moneda que no tiene curso legal en el...
- Artículo 52. Pagaré. Requisitos
- Artículo 53. Pagaré. Normas de aplicación supletoria
- Artículo 54. Pagaré bursátil. Autoridad de aplicación
- Artículo 55. Pagaré Bursátil. Impuesto de sellos
- Artículo 56. Créase el Consejo de Monitoreo y Competitividad para las Micro, Pequeñas y...
- Artículo 57. Instrúyase al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva a...
- Artículo 58. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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