Avalúo 2022 (Avalúo 2022) Provincia de Mendoza
Avalúo 2022 Provincia de Mendoza
- CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. El avalúo fiscal correspondiente a cada bien inmueble es la resultante del...
- Artículo 2. Apruébense los Anexos, según el siguiente detalle. Anexo I: Valuación...
- Artículo 3. El valor unitario de las mejoras edilicias se determinará a partir de:...
- Artículo 4. Las parcelas que deban ser incorporadas al Banco de Información Catastral en...
- Artículo 5. A los efectos valuativos, se establece que la curva de nivel correspondiente...
- Artículo 6. Los espacios comunes destinados a circulación se asignarán proporcionalmente...
- Artículo 7. En los inmuebles afectados total o parcialmente a los derechos reales de...
- Artículo 8. Los valores especificados en los anexos enunciados en los artículos...
- CAPÍTULO II INCORPORACIÓN, MODIFICACIÓN Y BAJA DE LOS DATOS QUE INCIDAN SOBRE LA VALUACIÓN
- Artículo 9. La Administración Tributaria Mendoza, mediante el medio que reglamente,...
- Artículo 10. Las bodegas deberán ser categorizadas según formularios y leyes vigentes....
- CAPÍTULO III RÉGIMEN DE AUTODECLARACIÓN DE INMUEBLES
- Artículo 11. Institúyase un Régimen de Auto-declaración del Valor de plaza para las...
- CAPÍTULO IV OTRAS DISPOSICIONES
- Artículo 12. Cuando el cincuenta por ciento (50%) del valor declarado en la escritura...
- Artículo 13. Cuando corresponda modificar datos de la propiedad en el Banco de...
- Artículo 14. El avalúo fiscal de las mejoras edilicias de un bien inmueble se determinará...
- Artículo 15. Fíjese para el año 2.022 el avalúo fiscal para la parcela individualizada...
- CAPÍTULO V DE LA COMISIÓN PARA EL AVALÚO FISCAL
- Artículo 16. Serán funciones de la Comisión para el Avalúo Fiscal las siguientes: a)...
- Artículo 17. La Comisión para el Avalúo Fiscal, de carácter permanente, creada por la Ley...
- Artículo 18. La Administración Tributaria Mendoza tendrá la facultad, mediante...
- CAPÍTULO VI OBLIGACIONES, INFRACCIONES Y SANCIONES
- Artículo 19. Créase la figura de agente de información catastral quien deberá suministrar...
- Artículo 20. Los agentes de información que no cumplan con lo dispuesto en el artículo...
- Artículo 21. Los incumplimientos a los deberes formales y obligaciones de hacer o no...
- Artículo 22. Invitase a los municipios a adherir al avalúo fiscal y adoptar la...
- Artículo 23. Las disposiciones de la presente Ley, tendrán vigencia a partir del 1 de...
- Artículo 24. Comuníquese al Poder Ejecutivo
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
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