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Aprueba régimen de fomento para las energías renovables Artículo 11 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Aprueba régimen de fomento para las energías renovables Salta
Artículo 11.

Los beneficios previstos en el artículo 9º no podrán concederse por un plazo mayor de diez (10) años a contarse a partir de la ratificación del convenio a través del correspondiente decreto del Poder Ejecutivo Provincial. En el caso de exenciones de los impuestos previstos en el inciso a) del artículo 9º, el plazo se computará desde el primer ejercicio fiscal en que se celebre el convenio respectivo. La exención del Impuesto de Sellos, abarcará los hechos imponibles que se realicen con posterioridad a la fecha de la suscripción del referido convenio. Si por aplicación de la presente norma, corresponde reconocer a favor del beneficiario sumas ingresadas a cuenta de gravámenes comprendidos en la exención otorgada, deberá observarse en lo pertinente a las disposiciones contenidas en el Código Fiscal o las que en el futuro las sustituyan.

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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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