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Aprueba Ley de Ministerios Artículo 20 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Aprueba Ley de Ministerios Chubut
Artículo 20.

Compete al Secretario de Salud asistir al Gobernador de la Provincia de Chubut en todo lo inherente a la prevención, mantenimiento, protección y mejoramiento de la salud, y en particular, entender en:

1. La elaboración, ejecución y fiscalización de programas integrados y del Sistema de Salud para los habitantes de la Provincia, aplicando los criterios de la atención primaria de la salud en el desarrollo de las actividades de atención médica;

2. El diseño de políticas y estrategias tendientes a garantizar la protección de la salud de la población y en forma prioritaria de aquella sin cobertura social;

3. La coordinación de acciones de las aéreas sociales que hacen al estado de salud como un producto multifactorial a la vez insumo y resultado del desarrollo;

4. El ejercicio del poder de policía sanitaria referente al registro de la calidad constitutiva de las asociaciones o sociedades que gerencien, administren o financien servicios prestadores de salud;

5. La fijación de políticas de gestión vinculadas a las prestaciones de salud contempladas en la Ley XVIII N°12;

6. La formulación y ejecución de planes y programas de promoción de la Salud, orientando a tales fines la aplicación de los recursos que se establezcan en la Ley de Presupuesto;

7. El dictado de normas destinadas a regular las acciones médicas y asistenciales en el ámbito educativo, en coordinación con el Ministerio de Educación.

8. Diseñar, planificar, ejecutar y controlar las políticas, planes y programas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de la población, en el marco de un sistema único e integrado de salud;

9. Planificar, gestionar y administrar los recursos del sistema de salud de la Provincia de Chubut;

10. Regular y fiscalizar los subsectores de la seguridad social y privada, del ejercicio de las profesiones relacionadas con la salud, de la acreditación de la salud y de los servicios atinentes a medicamentos, alimentos, tecnología sanitaria y salud ambiental, y todo otro aspecto que incida sobre la salud;

11. Regular y controlar el ejercicio de todas las actividades desarrolladas por los efectores de salud en el ámbito de la Provincia.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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