Alivio Fiscal para Fortalecer la Salida Económica y Social a la Pandemia Generada por el Covid-19 (Alivio Fiscal para Fortalecer la Salida Económica y Social a la Pandemia Generada por el Covid-19) Nacional
Alivio Fiscal para Fortalecer la Salida Económica y Social a la Pandemia Generada por el Covid-19 Nacional
- TÍTULO I. CAPÍTULO ÚNICO. CONDONACIÓN DE DEUDAS PARA ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO, MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS Y PERSONAS HUMANAS CONSIDERADAS PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES CON DEUDAS INFERIORES A CIEN MIL PESOS ($ 100.000). CUENTA FISCAL CERO.
- Artículo 1. Condónanse las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social,...
- Artículo 2. La condonación establecida en el artículo anterior alcanza al capital...
- Artículo 3. La condonación establecida en el artículo 1º no obsta al cómputo de los...
- TÍTULO II. ALIVIO FISCAL PARA EL SOSTENIMIENTO ECONÓMICO
CAPÍTULO I. REHABILITACIÓN DE MORATORIAS CADUCAS
- Artículo 4. Para el caso de las deudas emergentes de planes caducos formulados en el...
- CAPÍTULO II. AMPLIACIÓN DE LA MORATORIA PARA DEUDAS POSTERIORES Y DEUDAS NO REGULARIZADAS
- Artículo 5. Amplíase la Moratoria de regularización de obligaciones tributarias, de la...
- Artículo 6. A los efectos de la ampliación prevista por el artículo anterior, resultarán...
- CAPÍTULO III. PROMOCIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES RESULTANTES DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN
- Artículo 7. Con efecto exclusivo para las y los contribuyentes que pretendan regularizar...
- Artículo 8. A los efectos de la ampliación prevista por el artículo anterior, resultarán...
- CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES COMUNES
- Artículo 9. No se encuentran sujetas a reintegro o repetición las sumas que, con...
- TÍTULO III. NORMAS COMPLEMENTARIAS
- Artículo 10. Establézcase la inexigibilidad de la causal de caducidad prevista en el...
- Artículo 11. Exclúyanse de los beneficios previstos en el presente título las obligaciones...
- TÍTULO III. NORMAS COMPLEMENTARIAS
- Artículo 12. El Poder Ejecutivo nacional, a través de la Administración Federal de...
- Artículo 13. Las y los contribuyentes cumplidores, a los efectos de la presente ley,...
- Artículo 14. Invítase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los...
- Artículo 15. La presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el...
- Artículo 16. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias
Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
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