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Nombre: Bayca Adm

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Está en el sitio desde: 22/06/21

Los comentarios del usuario Bayca Adm

Hola Lucia como estas?

Si el contrato se hizo en esa fecha se toma como válida la ley con la que se redactó el contrato.

Con respecto a lo que decís si puede rescindir el contrato, si, siempre y cuando el contrato lo diga explícitamente ( o sea que el inmueble fue destinado según el inc. a) sede de embajada, consulado u organismo internacional, y el destinado a habitación de su personal extranjero diplomático o consular) de lo contrario le rigen las generalidades de la ley con las que se redacto el contrato.

Espero haber sido de ayuda.


Hola Mariel , buenas tardes.

Respecto a tu consulta , no , no es legal . Es obligación del administrador, hacer la presentación de la rendición de cuentas y ésta debe ser aprobada por la asamblea.

Cuando veo este tipo de comentarios , no puedo indignarme con el accionar de algunos colegas que bastardean esta profesión , yo soy administradora y entre a esta pág. para buscar otra cosa, y no pude dejar de contestar....

Espero haber servido de ayuda.

Sin compromiso, podés escribirme y te ayudo con las otras consultas que tengas. @bayca_adm en instagram o facebook


Los comentarios de los usuarios

Buenos dias, primordialmente hay que verificar a donde ha aportado todos estos años para ver ante que caja previsional se jubila. Una vez resuelto eso se veran los requisitos que exige la misma para acogerse a una jubilación. Los requisitos en si son años de aportes + edad jubilatoria.-


Dirección: Pilotto 250

Email: [email protected]

WhatsApp: 5492245555052

Abogado Matriculado en el Colegio de Abogados de Dolores, por consultas laborales no duden en comunicarse via mail.-

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Buenas tardes, la edad de jubilación del encargado es de 65 años, no? y en caso que la supere, que posibilidades hay que se jubile si él no lo hizo aún? gracias desde ya por la respuesta. Saludos.

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