Transparencia y control de la obra pública y políticas habitacionales Artículo 8 Provincia de Jujuy
Transparencia y control de la obra pública y políticas habitacionales Jujuy
Artículo 8. SUSPENSIÓN DE OBRAS Y PROCESOS
Facúltase a los "Organismos Gubernamentales Competentes" a arbitrar todas las medidas y acciones que sean conducentes para suspender la ejecución de las obras y/o los procesos de postulación y adjudicación de soluciones habitacionales en caso de verificarse alguno de los siguientes supuestos:1. Intermediación, injerencia y/o intervención indebida de personas y/u organizaciones sociales y/o políticas en la ejecución de los programas de política habitacional, ya sea que éstos estén a cargo del Estado Provincial y/o Municipal con recursos provinciales o nacionales y/o por el Gobierno Nacional a través de asociaciones civiles, organizaciones sociales, cooperativas y demás personas jurídicas afines.
2. Selección de postulantes, beneficiarios y/o adjudicatarios de soluciones habitacionales sin la debida participación e intervención de los "Organismos Gubernamentales Competentes"
Provincia de Jujuy Artículo 8 Transparencia y control de la obra pública y políticas habitacionales
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Leer de nuevo
Aprobación del Proceso de Transición Republicana Ciudad de Buenos Aires Artículo 18. Ley de organización notarial Mendoza Artículo 77. Régimen de Municipios y Comunas Córdoba Artículo 51. Integració Ley de organización notarial Mendoza Artículo 25. Transparencia y control de la obra pública y políticas habitacionales Jujuy Artículo 12. DESTINO DE LAS MULTASPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios