Transparencia y control de la obra pública y políticas habitacionales Artículo 6 Provincia de Jujuy
Transparencia y control de la obra pública y políticas habitacionales Jujuy
Artículo 6. VINCULACIÓN CON ORGANISMOS NACIONALES
Los "Organismos Gubernamentales Competentes" serán los encargados de articular la correcta implementación de las obras públicas en general y de políticas públicas habitacionales con las autoridades competentes del Gobierno Nacional, bajo la premisa de garantizar la correcta ejecución de las mismas y el acceso igualitario y universal a soluciones habitacionales sin ningún tipo de intermediación, injerencia y/o intervención indebida en la selección de postulantes y/o beneficiarios, incluyendo la adjudicación de las mismas, asegurando que toda la obra pública en general y la política habitacional a ejecutarse en el territorio de la Provincia sea desarrollada con la transparencia y debido control estatal que la materia requiere, eliminando toda prerrogativa ilegal que pudiera quebrar el principio de igualdad que debe imperar en la política habitacional.-
Provincia de Jujuy Artículo 6 Transparencia y control de la obra pública y políticas habitacionales
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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