Sistema de Elecciones Primarias. Adhesión a Ley Nac. 26.571 (Sistema de Elecciones Primarias) Provincia del Chaco
Sistema de Elecciones Primarias. Adhesión a Ley Nac. 26.571 Provincia del Chaco
- Artículo 1. Institúyese el mecanismo de elecciones primarias abiertas, simultáneas y...
- Artículo 2. Todos los partidos, alianzas y confederaciones, en adelante se denominan...
- Artículo 3. La convocatoria a elecciones primarias provinciales la realizará el Poder...
- Artículo 4. Es potestad exclusiva de las agrupaciones políticas la designación de sus...
- Artículo 5. Los precandidatos que se presenten en las elecciones primarias sólo pueden...
- Artículo 6. En las elecciones primarias votarán todos los electores habilitados para la...
- Artículo 7. Los electores emitirán un (1) voto por cada categoría de cargos a elegir,...
- Artículo 8. Las agrupaciones políticas podrán solicitar al Tribunal Electoral la...
- Artículo 9. Cuando dos (2) o más partidos políticos se integren en una alianza...
- Artículo 10. Las juntas electorales de las agrupaciones políticas se integrarán,...
- Artículo 11. Presentada la solicitud de oficialización, la junta electoral de cada...
- Artículo 12. Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de presentadas las solicitudes de...
- Artículo 13. Modifícase el apartado 1 del inciso c) del artículo 45 de la ley 4169 y...
- Artículo 14. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la resolución de la...
- Artículo 15. Tanto la solicitud de revocatoria como los recursos interpuestos, contra las...
- Artículo 16. La resolución de oficialización de las listas, una vez que se encuentre...
- Artículo 17. Las boletas de sufragio tendrán únicamente las características establecidas...
- Artículo 18. Los lugares de ubicación de las mesas de votación y las autoridades de las...
- Artículo 19. En cuanto al procedimiento de escrutinio, además de lo estipulado en la ley...
- Artículo 20. Las listas internas de cada agrupación política reconocida pueden nombrar...
- Artículo 21. Concluida la tarea del escrutinio provisorio por las autoridades de mesa se...
- Artículo 22. Una vez suscripta el acta de cierre, las actas de escrutinio y los...
- Artículo 23. El Tribunal Electoral efectuará el escrutinio definitivo de las elecciones...
- Artículo 24. La distribución de los lugares en la lista definitiva de candidatos de las...
- Artículo 25. En caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad sobreviniente, la vacancia...
- Artículo 26. Sólo podrán participar en las elecciones generales, las agrupaciones...
- Artículo 27. La campaña electoral de las elecciones primarias se iniciará treinta (30)...
- Artículo 28. La publicidad audiovisual se realizará a través de emisoras locales de...
- Artículo 29. El horario de transmisión de los mensajes publicitarios de las agrupaciones...
- Artículo 30. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, se asegurará a las...
- Artículo 31. Con el fin de distribuir los espacios de publicidad, el Tribunal Electoral...
- Artículo 32. Establécese que en virtud de constituir el proceso eleccionario, libre,...
- Artículo 33. Será obligatorio para las agrupaciones políticas el subtitulado de los...
- Artículo 34. La publicidad electoral mediatizada a través de cartelería contratada en la...
- Artículo 35. Las disposiciones de este capítulo serán de aplicación a las elecciones...
- Artículo 36. Los gastos de producción de los mensajes publicitarios para su difusión en...
- Artículo 37. El gasto que demande la contratación de espacios publicitarios en las...
- Artículo 38. Será de aplicación para todos lo no previsto en la presente, la ley 4169 y...
- Artículo 39. Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 26.571, en el marco...
- Artículo 40. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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