Regulación de mecanismos de acceso a la información pública Artículo 19 Provincia de Mendoza
Regulación de mecanismos de acceso a la información pública Mendoza
Artículo 19. Recurso
En caso de denegación de una solicitud de información, respuesta ambigua, inexacta o incompleta, o silencio u omisión de respuesta por parte de los sujetos obligados una vez transcurridos los plazos correspondientes, el solicitante podrá interponer un recurso por incumplimiento ante la Autoridad de Aplicación, dentro del plazo de cuarenta (40) días hábiles contados desde la notificación de la respuesta o del día hábil posterior al vencimiento del plazo para responder la solicitud.
o y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica En caso de denegación, se correrá vista al solicitante por el término de cinco (5) días.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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