Imprimir

Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia Artículo 14 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia Mendoza
Artículo 14.

Cuando legalmente correspondiere la recuperación de la libertad de una persona detenida en una sede policial se labrará un acta, que deberá contener:

1- El comportamiento de la persona privada de la libertad, los derechos de los que hizo uso y las actuaciones policiales o judiciales llevadas a cabo durante la detención.

2- El tiempo de detención, precisando las circunstancias y condiciones en las que recupera su libertad.

El acta será refrendada, previa lectura, por la persona detenida y por el titular de la dependencia policial. Si la persona detenida no pudiere o no quisiere firmar, se hará mención de ello en el acta. De este acta se entregará copia autenticada al interesado.



Provincia de Mendoza Artículo 14 Reglamentación para la organización y funcionamiento de las fuerzas policiales de la provincia
Artículo 1 ...12 13 14 15 16 ...336

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse