Régimen Provincial de Promoción y Desarrollo Industrial Artículo 26 Provincia de Entre Ríos
Régimen Provincial de Promoción y Desarrollo Industrial Entre Ríos
Artículo 26. Obligatoriedad
Los beneficiarios de la presente ley están obligados a cumplir los compromisos que sirvieron de base para el otorgamiento de los beneficios.Todo beneficiario puede solicitar a la autoridad de aplicación, cuando existan razones debidamente justificadas, la modificación de los plazos y compromisos asumidos en ocasión de la solicitud de los beneficios promocionales. La autoridad de aplicación debe evaluar tal solicitud y en caso de que se cumpla con las condiciones antes mencionadas, puede proponer hacer lugar al pedido de modificación, mediante resolución dictada al efecto, previa intervención de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER).
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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