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Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones Artículo 92 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones Santa Cruz
Artículo 92.

El total que surja del cómputo de servicios efectivos del personal mencionado en el Artículo 90°- Inciso h), será bonificado: a) Con un año de servicio por cada cuatrocientas horas de vuelo efectivo, a los aeronavegantes con función aeronáutica abordo de aeronaves dedicados al trabajo aéreo, entendiéndose por tal el así calificado por la autoridad aeronáutica correspondiente; b) Con un año de servicio por cada seiscientas horas de vuelo efectivo cumplidas en carácter de instructor o inspector; c) Con un año de servicio por cada seiscientas veinte horas de vuelo efectivo, a los pilotos que actúen solos y que no estén comprendidos en el Inciso a); d) Con un año de servicio por cada setecientos setenta y cinco horas de vuelo efectivo, a los pilotos que actúen alternando con otros y a los restantes aeronavegantes con función aeronáutica; e) Con un año de servicio por cada mil horas de vuelo efectivo, al personal con función auxiliar. Las horas de vuelo efectivo sólo serán tenidas en cuenta cuando sean certificadas en base a constancias fehacientes por la autoridad aeronáutica correspondiente. En ningún caso el cómputo de servicios podrá ser integrado por bonificaciones de tiempo que exceden del cincuenta por ciento (50%) del total efectivamente computado, ni las fracciones de tiempo que excedan de seis meses se computarán como años enteros. No podrán computarse para bonificar servicios las horas de vuelo realizadas en aeronaves propias o ajenas, con fines puramente deportivos o sin recibir remuneraciones de alguna especie.

Provincia de Santa Cruz Artículo 92 Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones
Artículo 1 ...90 91 92 93 94 ...150

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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