Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones (Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones) Provincia de Santa Cruz
Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones Provincia de Santa Cruz
- Artículo 1. La Caja de Previsión Social de la Provincia de Santa Cruz se regirá por la...
- Artículo 2. Considéranse servicios obligatorios, prioritarios y permanentes del presente...
- Artículo 3. Declárase obligatoriamente comprendido en el régimen de previsión establecido...
- Artículo 4. El personal contratado en relación de dependencia con el Estado Provincial,...
- Artículo 5. Las prestaciones que acuerde la Caja de Previsión Social beneficiarán...
- Artículo 6. Establécense las siguientes prestaciones: a) Jubilación Ordinaria; b)...
- Artículo 7. Ellas revestirán los siguientes caracteres: a) Son personalísimas y solo...
- Artículo 8. El derecho a las prestaciones se rige en lo sustancial, salvo disposición...
- Artículo 9. Es incompatible el goce por una misma persona de prestaciones otorgadas según...
- Artículo 10. Esta Caja será otorgante de la prestación cuando el afiliado acredite haber...
- Artículo 11. El patrimonio y los recursos de la Caja de Previsión Social estarán...
- Artículo 12. Los fondos y rentas que se obtengan por imperio del artículo 11°, atenderán...
- Artículo 13. Las inversiones previstas en los incisos a) y d) del artículo anterior podrán...
- Artículo 14. Se considera remuneración, a los fines de los descuentos, aportes y...
- Artículo 15. A los mismos fines no se consideran remuneraciones, las retribuciones en...
- Artículo 16. La obligación de aportar existe siempre que se perciba alguna remuneración y...
- Artículo 17. Las circunstancias de estar también comprendido en otro régimen jubilatorio,...
- Artículo 18. El Estado Provincial por conducto de sus reparticiones, los gobiernos...
- Artículo 19. Ninguna autoridad podrá disponer de los fondos de la Caja, ingresados o a...
- Artículo 20. El Tribunal de Cuentas de la Provincia o quienes realicen la fiscalización en...
- Artículo 21. Sin perjuicio de la responsabilidad personal, de los funcionarios o agentes...
- Artículo 22. La Tesorería General de la Provincia, a requerimiento de la Caja de Previsión...
- Artículo 23. Los afiliados están sujetos, sin perjuicio de las establecidas en otras...
- Artículo 24. El Gobierno y Administración de la Caja de Previsión Social será ejercido por...
- Artículo 25. Para ser Miembro del Directorio se requiere: a) Reunir las condiciones...
- Artículo 26. No podrán ser miembros del Directorio quienes: a) Desempeñen en la...
- Artículo 27. Los miembros del Directorio durarán CUATRO (4) años en sus funciones,...
- Artículo 28. Los vocales indicados en el artículo 24° - Inciso b) podrán ser removidos por...
- Artículo 29. Los vocales suplentes reemplazarán a sus titulares en los casos de...
- Artículo 30. Los miembros titulares y los suplentes en ocasión en que los reemplacen,...
- Artículo 31. Los cargos de los miembros titulares del Directorio serán rentados...
- Artículo 32. Los representantes de los afiliados activos y pasivos que menciona el Inciso...
- Artículo 33. Los miembros electos del Directorio asumirán su mandato dentro de los TREINTA...
- Artículo 34. Para ser elector el afiliado deberá contar con una antigüedad mínima de seis...
- Artículo 35. El Directorio es la autoridad máxima de la Caja y la ejecución de sus...
- Artículo 36. El Directorio se reunirá en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las...
- Artículo 37. El Directorio formará quórum con la asistencia mínima de tres (3) de sus...
- Artículo 38. El Directorio designará en su primera reunión un Vice-Presidente Primero y un...
- Artículo 39. Son deberes y atribuciones del Directorio: a) Velar por el cumplimiento de la...
- Artículo 40. El Directorio no podrá delegar ninguna de sus funciones individualmente en el...
- Artículo 41. El Directorio no podrá autorizar operaciones contrarias a la presente Ley o...
- Artículo 42. El Presidente es el representante legal de la Institución, debiendo dedicar...
- Artículo 43. Tendrá personería suficiente para promover ante las autoridades...
- Artículo 44. Son deberes y atribuciones del Presidente: a) Cumplir y hacer cumplir...
- Artículo 45. El Presidente podrá tomar aquellas medidas que fueran necesarias por motivos...
- Artículo 46. La Fiscalización de los actos administrativos que afecten a la gestión...
- Artículo 47. Son inembargables los bienes, recursos y rentas establecidos por esta Ley y...
- Artículo 48. Las actuaciones administrativas y judiciales de toda índole que realicen los...
- Artículo 49. Contra resoluciones de la Caja, sólo podrán deducirse los recursos que en ese...
- Artículo 50. Cuando la resolución otorgante de la prestación estuviere afectada de nulidad...
- Artículo 51. La Caja de Previsión Social sólo podrá ser intervenida por Ley cuando sus...
- Artículo 52. A los fines de este régimen, establézcase obligatoriamente las siguientes...
- Artículo 53. Tendrán derecho a la Jubilación Ordinaria los afiliados que: a) Hubieren...
- Artículo 54. A fin de acreditar los requisitos para obtener la jubilación ordinaria podrá...
- Artículo 55. El haber inicial de la jubilación ordinaria, será equivalente al ochenta y...
- Artículo 56. Para establecer el cálculo del haber jubilatorio no se considerarán las...
- Artículo 57. Nota de Redacción: Artículo 57º derogado por artículo 3º de la ley 3189.
- Artículo 58. Nota de Redacción: Artículo 58º derogado por artículo 3º de la ley 3189.
- Artículo 59. Nota de Redacción: Artículo 59º derogado por artículo 3º de la ley 3189.
- Artículo 60. Nota de Redacción: Artículo 60º derogado por artículo 3º de la ley 3189.
- Artículo 61. Nota de Redacción: Artículo 61º derogado por artículo 4º de la ley 2060.
- Artículo 62. Tendrán derecho a Jubilación por Invalidez cualesquiera fuera su edad, los...
- Artículo 63. La invalidez total transitoria que sólo produzca una incapacidad verificada o...
- Artículo 64. Los dictámenes que emitan los servicios médicos y las autoridades sanitarias...
- Artículo 65. La apreciación de la invalidez se efectuará mediante el informe de una Junta...
- Artículo 66. La jubilación por invalidez se otorgará con carácter provisional, quedando la...
- Artículo 67. Cuando la incapacidad total no fuera permanente, el jubilado por invalidez...
- Artículo 68. Si de la evaluación de los servicios médicos resultara que el beneficiario se...
- Artículo 69. El haber inicial de la jubilación por invalidez será equivalente al setenta y...
- Artículo 70. Tendrán derecho a jubilación por edad avanzada, los afiliados que: a)...
- Artículo 71. El haber inicial de la Jubilación por Edad Avanzada, será equivalente al...
- Artículo 72. En caso de muerte del jubilado, o del afiliado en actividad o con derecho a...
- Artículo 73. Para que la mujer o el varón unidos de hecho sean acreedores al beneficio de...
- Artículo 74. Los límites de edad fijados por el inciso 1) punto a) del Artículo 72, no...
- Artículo 75. Tampoco regirán los límites de edad establecidos en el Artículo 72 para los...
- Artículo 76. No tendrán derecho a pensión: a) El cónyuge separado de hecho o que por su...
- Artículo 77. El derecho a pensión se extingue: a) Por la muerte del beneficiario o su...
- Artículo 78. Nota de Redacción: Artículo 78º derogado por artículo 3º de la ley 3189.
- Artículo 79. Nota de Redacción: Artículo 79º derogado por artículo 3º de la ley 3189.
- Artículo 80. La mitad del haber, corresponde a la viuda y/o unida de hecho, o el viudo o...
- Artículo 81. El haber de la pensión se determinará de la siguiente forma: a) Si el...
- Artículo 82. Sin perjuicio de lo establecido por esta Ley, para el régimen general y en...
- Artículo 83. A los efectos de los aportes que deberán tributar las remuneraciones del...
- Artículo 84. Tendrán derecho a la jubilación ordinaria los docentes que: a) Acrediten...
- Artículo 85. Para determinar el haber jubilatorio inicial del personal docente que se...
- Artículo 86. A los docentes que se hubieran desempeñado en establecimientos de ubicación...
- Artículo 86 Bis. A los docentes que se hubieran desempeñado en establecimientos de enseñanza...
- Artículo 87. En la certificación de servicios y remuneraciones, la repartición...
- Artículo 88. En los casos de supresión o sustitución de cargos, el Consejo Provincial de...
- Artículo 89. Sin perjuicio de lo establecido en esta ley, para el régimen general de...
- Artículo 90. A los fines del artículo anterior, se consideran desempeñadas tareas...
- Artículo 91. Al sólo efecto de acreditar los treinta (30) años de servicios simples,...
- Artículo 92. El total que surja del cómputo de servicios efectivos del personal mencionado...
- Artículo 93. A los efectos de este régimen sólo serán tenidos en cuenta los servicios...
- Artículo 94. El aporte personal correspondiente a los empleados comprendidos en el...
- Artículo 95. Los servicios comprendidos en este régimen, que excedan el mínimo establecido...
- Artículo 96. Se computará el tiempo de los servicios continuos o discontinuos prestados a...
- Artículo 97. En los casos de trabajos continuos, la antigüedad se computará desde la fecha...
- Artículo 98. Se computará un (1) día, por cada jornada legal, aunque el tiempo de labor...
- Artículo 99. Nota de Redacción: Artículo 99º derogado por artículo 4º de la Ley 2060.
- Artículo 100. Se computarán además como tiempo de servicios: a) Los períodos de licencia,...
- Artículo 101. Nota de Redacción: Derogado por artículo 19º de la Ley Nº 2347.
- Artículo 102. Aunque el empleador no ingresare en la oportunidad debida los aportes y...
- Artículo 103. Cuando la retribución sea por día se considerará como mensual la que...
- Artículo 104. El haber de los agentes de las entidades comprendidas y de los docentes que...
- Artículo 105. Nota de Redacción: Derogado por artículo 4º de la Ley Nº 2060.
- Artículo 106. Las personas que en su oportunidad han logrado, en virtud de leyes...
- Artículo 107. En los casos en que, acreditados los servicios, no existiera prueba...
- Artículo 108. A los efectos de establecer los aportes y contribuciones correspondientes a...
- Artículo 109. El reconocimiento del derecho a la jubilación por invalidez para el personal...
- Artículo 110. Para tener derecho a cualquiera de los beneficios que acuerda esta ley, el...
- Artículo 111. Las prestaciones se abonarán a los beneficiarios: a) La jubilación ordinaria,...
- Artículo 112. Los afiliados que reunieran las condiciones para el logro de un beneficio...
- Artículo 113. Es compatible el goce de pensión con el desempeño de cualquier actividad en...
- Artículo 114. El goce de la jubilación por invalidez es incompatible en forma absoluta con...
- Artículo 115. Las personas que acumulen Dos (2) o más cargos docentes y reunieran los...
- Artículo 116. Las personas que acumulen uno (1) o más cargos docentes con otro u otros que...
- Artículo 117. Será reducido en un cincuenta por ciento (50%) el haber mensual del jubilado...
- Artículo 118. En los casos en que, de conformidad con la presente ley, existiera...
- Artículo 119. En caso de condena, por sentencia penal definitiva o inhabilitación absoluta,...
- Artículo 120. Solamente es compatible el goce de Jubilación y Pensión.
- Artículo 121. El jubilado que continuare, hubiere vuelto o volviere a la actividad en...
- Artículo 122. Los haberes de los beneficios serán móviles a los efectos de movilidad, el...
- Artículo 123. El Poder Ejecutivo adoptará los recaudos necesarios para que en toda...
- Artículo 124. Se establecen los siguientes haberes mínimos de los beneficios: a) Jubilación...
- Artículo 125. Se abonará a los beneficiarios un haber anual complementario constituido por...
- Artículo 126. Todos los jubilados y pensionados de la Caja de Previsión Social de la...
- Artículo 127. Los haberes jubilatorios o pensionarios que pudieren haber quedado impagos,...
- Artículo 128. Nota de Redacción: Artículo 128º derogado por artículo 3º de la ley 3189.
- Artículo 129. La autoridad de aplicación establecerá las pautas a que deben sujetarse los...
- Artículo 130. El derecho a los beneficios acordados por las Leyes de Jubilaciones y...
- Artículo 130 Bis. En el caso de pago indebido de haberes, originado en causas no imputables al...
- Artículo 131. Los afiliados que hubieren prestado servicios bajo distintos regímenes...
- Artículo 132. Se considera solicitud del beneficio la manifestación documentada que...
- Artículo 133. Para la tramitación de las prestaciones jubilatorias no se exigirá a los...
- Artículo 134. La Caja de Previsión Social computará a los efectos jubilatorios, los...
- Artículo 134 Bis. Para el pago de haberes pendientes de los jubilados y pensionados de la Caja...
- Artículo 135. La presente Ley regirá desde su promulgación, salvo en los Artículos para los...
- Artículo 136. Cuando el afiliado reuniere las condiciones exigidas para obtener jubilación...
- Artículo 136 BIS. El beneficio de pensión a la mujer unida de hecho, al viudo o unido de hecho,...
- Artículo 137. Deróganse las Leyes Nros. 1028 y 1115 y sus modificaciones, como así toda...
- Artículo 138. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 139. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 140. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 141. Nota de Redacción: Artículo 141º de la Ley 1782 derogado por artìculo 4º de...
- Artículo 142. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 143. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 144. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 144 Bis. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 145. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 146. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 146 Bis. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 147. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 148. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 148 Bis. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 149. Nota de Redacción: Titulo XI Disposiciones Transitorias derogado por artículo...
- Artículo 150. Comuníquese al Poder Ejecutivo, dése al Boletín Oficial y cumplido, archívese.
Otras regulaciones
Adecuación de cuentas judiciales correspondientes a depósitos correspondientes Licencia Especial por Situaciones de Violencia de Género Lotería para obras de acción social Convenio De Colaboración entre el Ministerio de Salud y la Gobernación Declara de utilidad pública sujeto a expropiaciónMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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