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Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones Artículo 32 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones Santa Cruz
Artículo 32.

Los representantes de los afiliados activos y pasivos que menciona el Inciso c) del Artículo 24°, serán elegidos de acuerdo al siguiente sistema: a) El Poder Ejecutivo convocará a elecciones a fin de que los afiliados activos y pasivos elijan en forma directa y secreta a sus representantes; b) La convocatoria deberá formularse con una antelación de noventa (90) días al de la fecha que se fije para el acto eleccionario. En la misma deberá convocarse expresamente a ambas calidades de afiliados para que en dicho acto, pero separadamente elijan a sus representantes; c) Créase la Junta Electoral Permanente integrada por el Presidente del Directorio de la Caja de Previsión Social, por el Fiscal de Estado y por el Director General de Personal quienes tendrán a su cargo el desarrollo integral de todo el proceso eleccionario, la redacción del reglamento electoral que será aprobado por el Poder Ejecutivo y la confección de los padrones con la nómina de los afiliados activos y pasivos que existan a la fecha de convocatoria, los que deberán ser exhibidos públicamente en las oficinas de la Administración Pública Provincial y Municipalidades durante TREINTA (30) días para su observación o impugnación; d) Toda cuestión que se suscite, no prevista en el Reglamento Electoral, será resuelta por la Junta Electoral; e) Desde la fecha de convocatoria hasta VEINTE (20) días antes del acto eleccionario los afiliados activos y pasivos, separadamente, podrán por intermedio de apoderados, solicitar la oficialización de listas de candidatos. Sólo se considerarán las listas refrendadas por el Cuerpo Directivo de las Organizaciones de Empleados Públicos que tengan afiliados aportantes a la Caja o las que estén avaladas por un CINCO POR CIENTO (5%) de afiliados a cada padrón.

Provincia de Santa Cruz Artículo 32 Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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