Régimen Penal Juvenil Artículo 65 Provincia de Jujuy
Régimen Penal Juvenil Jujuy
Artículo 65. Órgano Competente
El debate se realizará conforme las reglas del Código Procesal Penal.
Provincia de Jujuy Artículo 65 Régimen Penal Juvenil
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Reserva Provincial de Uso Múltiple Corredor del Chocancharava Córdoba Artículo 6. Actividades productivas. Régimen Nueva Ley de Ministerios San Luis Artículo 5. Donación de inmueble a favor de la Municipalidad de Aldea María Luisa Entre Ríos Artículo 2. Régimen Penal Juvenil Jujuy Artículo 23. DudaPublique la información de sí mismo
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