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Régimen jurídico de la seguridad eléctrica Artículo 1 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Régimen jurídico de la seguridad eléctrica Catamarca
Artículo 1. OBJETO

La ley de seguridad eléctrica tiene los siguientes objetivos:

a) Preservar la seguridad eléctrica de las personas, animales, bienes y del medio ambiente;

b) Estructurar una política provincial, trabajando en la consolidación de la aplicación de las reglamentaciones vigentes de la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA), a fin de garantizar la seguridad eléctrica en todo el territorio de la provincia;

c) Generar mecanismos, instrumentos y procedimientos para el ordenamiento y la regulación de las instalaciones eléctricas en la vía pública y en inmuebles, como así también prevenir perturbaciones en otras instalaciones y servicios;

d) Desarrollar oportunidades de formación específica propia de la profesión u ocupación abordada y prácticas profesionales dentro del campo ocupacional elegido;

e) Favorecer el reconocimiento y certificación de saberes y capacidades adquiridas en la actividad, dando oportunidades para la obtención de certificados o registros habilitantes oficiales para electricistas idóneos;

f) Proveer y desarrollar la cultura del trabajo y la producción para el desarrollo sustentable;

g) Crear conciencia sobre el pleno ejercicio de los derechos laborales y sobre el derecho de disponer de seguridad eléctrica, tanto en la vía pública como en ámbitos privados;

h) Desarrollar procesos sistemáticos de formación que articulen la igualdad de capacidades y conocimientos de los profesionales, técnicos e idóneos, adecuándose al continuo avance de la técnica;

i) Promover la seguridad eléctrica, el uso racional y seguro de la energía eléctrica en toda potencia, la fiabilidad técnica y la eficiencia económica de las instalaciones, la utilización de materiales normalizados y certificados según resolución 92/98 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería de la Nación, cuando así corresponda, el control de la calidad de equipos y artefactos eléctricos, el empleo de reglamentaciones y normas constructivas vigentes en los proyectos y realización de la seguridad y prevención. -instalaciones eléctricas en general;

j) Crear conciencia a través de programas educativos que aborden la seguridad y sustentabilidad en el uso de la electricidad en ámbitos públicos y privados.



Provincia de Catamarca Artículo 1 Régimen jurídico de la seguridad eléctrica
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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