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Régimen integral para eventos futbolisticos Artículo 9 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Régimen integral para eventos futbolisticos Ciudad de Buenos Aires
Artículo 9. BASE DE ANTECEDENTES SOBRE VIOLENCIA EN EVENTOS FUTBOLISTICOS DE LA CABA

Créase la Base de Antecedentes sobre Violencia en ventos Futbolísticos de la CABA, bajo la órbita de la Autoridad de Aplicación, que almacenará la información relativa a hechos de violencia cometidos en el marco de eventos futbolísticos, dentro de los predios, en sus inmediaciones, antes o después de los mismos, durante los traslados de jugadores y parcialidades, en los lugares de entrenamiento y en los sitios de alojamiento de planteles deportivos.

La Base contendrá:

a) Datos de las personas imputadas, procesadas o condenadas por conductas reprochables a la presente Ley, y a los distintos regímenes penales y-o contravencionales relativos a la violencia en eventos futbolísticos;

b) Datos de las personas a las que se les aplique el derecho de admisión, o a las que se les haya aplicado el impedimento de ingreso.

c) Datos de personas de las que, por razonables pautas objetivas, se presuma que puedan alterar el orden y/o la seguridad en el marco de un evento futbolístico;

d) Material gráfico, grabaciones, filmaciones y otros elementos que puedan servir de evidencia sobre hechos de violencia en eventos futbolísticos.

La información contenida en la Base de Antecedentes sobre Violencia en Eventos Futbolísticos es confidencial, y respetará lo estipulado por las restricciones que surgen del Artículo 51 del Código Penal y las previsiones de la normativa que regula la protección de datos personales. La Autoridad de Aplicación determinará el plazo de permanencia en la Base de la información registrada, así como los efectos de esa permanencia, tomando como parámetro el motivo por el cual fueron incluidos.

Asimismo, deberá solicitar información a otras jurisdicciones como así también registros internacionales en virtud de eventos futbolísticos que se realizan en los estadios deportivos dentro de los límites de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en ocasión de los mismos



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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