Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias (Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias) Provincia de La Rioja
Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias Provincia de La Rioja
- Artículo 1. Establézcase con carácter general un Régimen Especial de Regularización de...
- Artículo 2. Ámbito de Aplicació
- Artículo 3. A los fines previstos en el artículo anterior se entenderá por cumplimiento...
- Artículo 4. Exclusiones
- Artículo 5. Adhesión al Régime
- Artículo 6. Formalización del Acogimiento
- Artículo 7. Procedimiento para la Adhesió
- Artículo 8. Requisitos para la Adhesió
- Artículo 9. Verificada la falta de pago en el vencimiento previsto para la cancelación de...
- Artículo 10. De las Cuotas
- Artículo 11. Cuota Mínima
- Artículo 12. eneficios
- Artículo 13. Intereses de Financiació
- Artículo 14. Plan de Facilidad de Pago Especia
- Artículo 15. Reformulación de Planes de Facilidad de Pago Vigentes
- Artículo 16. Caducidad. Causas y Efectos
- Artículo 17. Para el caso de pagos fuera de término de las cuotas que no impliquen la...
- Artículo 18. La Dirección General de Ingresos Provinciales se encuentra facultada a...
- Artículo 19. Capítulo II Disposiciones Varias
- Artículo 20. El acogimiento al Régimen dispuesto en la presente Ley interrumpirá la...
- Artículo 21. Establézcase una bonificación para el Período Fiscal 2025 en el Impuesto...
- Artículo 22. No podrán ser objeto de reintegro o repetición las sumas que con anterioridad...
- Artículo 23. El contribuyente y/o responsable podrá solicitar cancelar anticipadamente la...
- Artículo 24. Los contribuyentes y/o responsables no podrán incluir en el presente Régimen...
- Artículo 25. Facúltase a la Dirección General de Ingresos Provinciales a prorrogar el...
- Artículo 26. La Dirección General de Ingresos Provinciales podrá dictar las normas...
- Artículo 27. La presente Ley tendrá vigencia a partir del primer día hábil siguiente al de...
- Artículo 28. Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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