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Regimen de la actividad acuicola Artículo 9 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/04/2026

Regimen de la actividad acuicola Misiones
Artículo 9.

La autorización para la introducción de una especie exótica con destino a la producción, experimentación y/o investigación, es expedida con carácter provisorio por el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables, debiéndose entregar, al finalizar el estudio programado y a quien establece la vía reglamentaria, un informe con los resultados obtenidos. Los ejemplares que se introducen en estas condiciones, no pueden ser vendidos ni diseminados en el medio ambiente sin previa autorización.

Provincia de Misiones Artículo 9 Regimen de la actividad acuicola LEY VIII - NRO. 40 (Antes Ley 3592 B.O. 03-09-99), 19 de Enero de 2010
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buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?


Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


Email: [email protected]

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consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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