Regimen de la actividad acuicola Artículo 8 Provincia de Misiones
Regimen de la actividad acuicola Misiones
Artículo 8.
Establécese la obligatoriedad de contar con autorización del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables y Turismo, para la instalación de emprendimientos relacionados con el cultivo de organismos acu ticos, la que se tramitar conforme los mecanismos que fije la reglamentación.
Provincia de Misiones Artículo 8 Regimen de la actividad acuicola
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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