Régimen de Consolidación, Regularización y sinceramiento de Deudas Artículo 1 Provincia de San Luis
Régimen de Consolidación, Regularización y sinceramiento de Deudas San Luis
Artículo 1.
Los contribuyentes y/o responsables de las obligaciones tributarias, no tributarias y/o todas aquellas deudas contraídas con el Estado por diferentes servicios, planes de vivienda, préstamos, multas, y/o en general toda obligación con organismos del Estado Provincial vencidas al 31 de diciembre de 2023, podrán acogerse al Régimen que se establece en esta Ley, desde la fecha de sanción de la misma hasta el 31 de mayo de 2024 inclusive, siempre que acrediten el pago y/o la regularización de las obligaciones corrientes que venzan a partir del 1 de enero de 2024 y hasta la fecha de acogimiento al Régimen.-
Provincia de San Luis Artículo 1 Régimen de Consolidación, Regularización y sinceramiento de Deudas - Modificaciones al Código Tributario
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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