Imprimir

Ratifícan el Decreto N° 996 de fecha 17 de agosto de 2016 Artículo 3 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ratifícan el Decreto N° 996 de fecha 17 de agosto de 2016 Mendoza
Artículo 3. ANEXO I

DECRETO N° 996 Mendoza, 17 de agosto de 2016 Visto el expediente N° 01013-D-16-01027, por el cual se solicita la ratificación del Acta Acuerdo y su Anexo I suscriptos entre el Estado Nacional, representado por el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Licenciado Emilio Basavilbaso, por una parte y por la otra, la Provincia de Mendoza, representada por el señor Gobernador, Licenciado Alfredo Cornejo; y CONSIDERANDO:

Que la mencionada Acta Acuerdo y su Anexo I se encuentran dentro del marco del Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, suscripto en fecha 26 de enero de 1996 y aprobado por Decreto-Acuerdo Provincial N° 109/96 y Decreto Nacional N° 362/96, el Acta Acuerdo suscripta entre la Nación y la Provincia en fecha 11 de octubre de 2007, aprobada por Decreto Provincial N° 2788/07 y Ley Provincial N° 7801.

Que la vigencia de esta asignación se ha ido prorrogando anualmente a través de la suscripción de nuevos convenios, excepto en el año 2014 en que no se ha suscripto ningún acuerdo, quedando a cargo de la Provincia el pago del 100% de la asignación.

Que, tal como se refleja en la planilla obrante a fs. 12/13 del expediente de referencia, a lo largo del tiempo se han generado deudas producidas por obligaciones asumidas en diferentes convenios y que tienen fundamento en la falta de integración del fondo solidario (Convenio que rige para el año 2008) y los mayores costos producto de las diferentes liquidaciones en la cuales existen códigos de pago exclusivos de la Provincia, las que a la fecha se encuentran impagas.

Que las condiciones obtenidas en el Convenio cuya aprobación se tramita en las presentes actuaciones, son muy convenientes a los intereses de la Provincia, ya que se ha logrado refinanciar la deuda a una mejor tasa, en setenta y dos (72) cuotas, con un año de gracia para comenzar a pagar, lo que se compatibiliza con la situación de emergencia receptada en la Ley N° 8833.

Por ello, de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda y Finanzas, por Asesoría de Gobierno y por Fiscalía de Estado, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1° - Ratifíquense el Acta Acuerdo y su Anexo I, suscriptos en fecha 29 de julio de 2016, entre el Estado Nacional, representado por el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Licenciado Emilio Basavilbaso, por una parte y por la otra, la Provincia de Mendoza, representada por el señor Gobernador, Licenciado Alfredo Cornejo, los que en fotocopias certificadas, como Anexo y Anexo I, forman parte del presente decreto.

Artículo 2° - El presente decreto se dicta ad-referéndum de la Honorable Legislatura de la Provincia de Mendoza.

Artículo 3° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

ALFREDO V. CORNEJO - Pedro Martín Kerchner



Provincia de Mendoza Artículo 3 Ratifícan el Decreto N° 996 de fecha 17 de agosto de 2016
Artículo 1 2 3 4 5

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse